Osmotec. Otros servicios.

Certificado energético.

Dictámenes.

Cédulas de habitabilidad.

Certificados energéticos

Qué es: Es el trámite administrativo para la obtención de la Etiqueta Energética de un edificio o parte del mismo. Este trámite implica la otorgación de la calificación energética (mediante el Certificado de Eficiencia Energética) y su registro en el ICAEN (Institut Català d’Energia). Cuándo: Es exigible cuando se vayan a construir, vender o alquilar edificios o unidades de éstos y deberá ser entregado al comprador o nuevo arrendatario. Quién: El promotor o propietario será el responsable de encargar la realización de la certificación de eficiencia energética. También será responsable de conservar la correspondiente documentación. Validez: El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de 10 años. Nuestros servicios incluyen la inspección técnica para la toma de datos, la realización del Certificado Energético e Informe de Recomendaciones para la Mejora de la Eficiencia Energética, la tramitación ante el ICAEN para el registro y obtención de la Etiqueta Energética. Toda la documentación se tramita telemáticamente y la recibe en su correo electrónico, sin tener que molestarse por nada.

Dictámenes

Nos ponemos a disposición de los administradores de fincas y comunidades de propietarios un servicio integral de inspección para el correcto estado de conservación del edificio. Nuestros servicios incluyen la inspección técnica para la toma de datos, la realización del dictamen o del proyecto necesarios para la subsanación del edificio.

Cédulas de habitabilidad

Qué es: Es el acto administrativo mediante el cual se acredita que una vivienda cumple con las condiciones mínimas para ser habitable. Cuándo: Todas las viviendas han de disponer de cédula de habitabilidad. Será necesaria para realizar la compra/venta o alquiler de la vivienda así como para dar de alta de los servicios (agua, gas y electricidad). Quién: En la cédula no consta el nombre de la propiedad. Es un documento que acredita las condiciones de habitabilidad de la vivienda con independencia de sus titulares u ocupantes. Para su obtención es necesario disponer del correspondiente Certificado de Habitabilidad realizado por un técnico competente. Validez: Tienen una vigencia de 15 años. Nuestros servicios incluyen la inspección técnica para la toma de datos, la realización y visado colegial del Certificado de Habitabilidad la tramitación de la Cédula de Habitabilidad ante L’Agencia de l’Habitatge de Catalunya. El Certificado y la Cédula de Habitabilidad se tramitan telemáticamente. El certificado se lo enviamos por correo electrónico. La Agència Catalana de l’Habitatge tiene un plazo de 30 días para pronunciarse sobre la Cédula de Habitabilidad, una vez resuelta favorablemente se la enviarán por correo ordinario.